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miércoles, 11 de junio de 2008

La rebelión de las televisoras contra Creel

jenaro villamil México, D.F., 3 de junio (apro).- La historia de una rebelión permanente inició un año atrás. Cuando los tres principales partidos políticos llegaron al consenso de reformar la Constitución para evitar que particulares o candidatos compraran espacio en los medios electrónicos con fines electorales, las dos grandes televisoras, Televisa y TV Azteca, protagonizaron una inédita presión contra la reforma, que incluyó una histórica transmisión en cadena nacional de una audiencia protagonizada por los principales comentaristas de ambas televisoras y de los noticiarios radiofónicos más escuchados.“Es una violación a la libertad de expresión”, insistieron una y otra vez a través de sus espacios. “Es un acotamiento a la libertad de empresa, pero no busca la censura previa”, respondió la mayoría de los senadores que impulsaron esta reforma.El eje sustancial de la reforma es la redacción del nuevo artículo 40 constitucional y, en específico, el nuevo artículo 49 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece lo siguiente en su apartado 2:“Los partidos políticos, precandidatos y candidatos a cargos de elección popular, accederán a la radio y la televisión a través del tiempo que la Constitución otorga como prerrogativas a los primeros, en la forma y términos establecidos en el presente capítulo”.El párrafo 3 del artículo 74 de la misma ley electoral, advierte que “los concesionarios de televisión no podrán alterar las pautas aprobadas por el Comité de Radio y Televisión del IFE ni exigir requisitos técnicos adicionales a los aprobados por el comité”.El mismo artículo detalla que le corresponde a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos definir las pautas de 20 segundos de duración. El 11 de mayo pasado, el Acuerdo del Comité de Radio y Televisión del IFE acordó que los spots de los partidos políticos se mantendrán hasta el 31 de julio de 2008.Esta serie de ordenamientos han generado una nueva rebelión de las televisoras. La transformación del IFE en una autoridad reguladora de radio y televisión, al menos en el aspecto electoral, es una de las derivaciones que más incomodidad les genera a los concesionarios. El otro punto medular es que la definición de la pauta de los spots se realiza en función de los acuerdos del organismo electoral y no de las necesidades comerciales de los concesionarios.En el fondo, el descontento fundamental es que se eliminan muchos de los incentivos que permitían que las elecciones se convirtieran en un multimillonario negocio de compra y venta no sólo de spots, sino también de favores políticos y empresariales, a favor de las televisoras.Si este ordenamiento hubiera existido en 2006, la Ley Televisa no hubiera sido aprobada en el Congreso. La presión ejercida por los operadores de la principal empresa mediática del país fue posible gracias a que en esos momentos los equipos de campaña negociaban con la televisora de Emilio Azcárraga Jean la pauta para los spots de los candidatos.El otro elemento que ha generado un profundo descontento en TV Azteca y en Televisa fue el acuerdo del 6 de mayo, en el que se establece que los tiempos oficiales que se utilizarán para la difusión de spots, serán distribuidos en forma igualitaria entre los ocho partidos con registro nacional.Se establece un rango de transmisión de 25 minutos previos y 25 posteriores a los horarios previstos en las pautas de transmisión, con el objeto de que las estaciones concesionarias de televisión cumplan con las obligaciones que hayan adquirido con terceros con anterioridad a la aprobación del documento.Esta disposición elimina el argumento, atendible ciertamente, de que las disposiciones para distribuir los spots podrían alterar la venta de espacios publicitarios que previamente ya hubieran acordado los concesionarios.TV Azteca inicia la batallaComo es su costumbre, TV Azteca llevó ante tribunales su litigio contra la reforma electoral. La estrategia de la empresa de Ricardo Salinas Pliego fue hábil. Mientras se definía el amparo, las pantallas de Canal 13 y de Canal 7 no difundieron ningún spot ordenado por la autoridad electoral. Esto generó que el IFE determinara una multa de 5 millones 259 mil pesos contra de la televisora por daños y perjuicios. En un comunicado, el organismo electoral advirtió que todas las determinaciones adoptadas en relación a este tema “han sido tomadas con estricto cumplimiento a las obligaciones

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